Ayudas destinadas a titulares de explotaciones agrarias que tienen la mayor parte de su superficie en la Comunitat Valenciana. Estas explotaciones deben estar inscritas en el REGA o en el REGEPA e incluye las ayudas directas, solicitudes agroambientales, solicitudes de cesiones de derechos, solicitudes de acceso a la reserva nacional y alegaciones solicitadas al SIGPAC:
http://www.dogv.gva.es/datos/2019/02/19/pdf/2019_1540.pdf
Principales novedades para esta campaña 2019:
- El plazo de presentación será desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril.
- Hasta el 31 de mayo para realizar Modificaciones Legales, sin sanciones.
- El inicio de la comunicación de cesiones de derechos de pago básico de la campaña 2019, será del 1 de febrero de 2019 y finalizará a fecha fin de plazo de modificación de la solicitud única 2019.
- Qué ayudas se solicitan con la PAC:
- Pago Básico + Pago Verde / Pago a pequeños agricultores
- Solicitud de derechos procedentes de la Reserva Nacional.
- Pago a Jóvenes Agricultores.
- Pagos Asociados a los sectores agrícolas y ganaderos.
- Ayudas Feader Agroambiente y Clima y Agricultura Ecológica.
- Ayuda a zonas de montaña o con limitaciones especiales.
- Datos relativos al jefe de la explotación y datos relativos al destino de la producción agrícola
- Para cultivos hortícolas y frutales, deberá declararse anualmente y de forma gráfica toda la superficie de cultivo, a través de la solicitud única o de las vías que la autoridad competente establezca para tal fin (REGEPA).
- En el caso de superficies de frutales se indicará la especie, la variedad y el año de plantación. En el caso de cultivos hortícolas, deberán especificarse las especies a implantar en la campaña sobre la misma superficie.
- Se considerarán también situaciones de riesgo, para su análisis caso por caso, a efectos de la creación de condiciones artificiales:
A) Con carácter general:
- 1. Falseamiento u ocultación de datos o documentación
- 2. Impedimento del titular o su representante a que se realice un control sobre el terreno.
- 3. Intento de retirar la solicitud por parte del solicitante, una vez que ha sido informado de la intención de efectuar un control sobre el terreno o cuando la autoridad competente le ha avisado de la existencia de irregularidades.
B) En el ámbito de los regímenes de ayudas basadas en superficies:
- 1. Indicios de falsedad o fraude en las pruebas aportadas para acreditar la actividad agraria en pastos.
- 2. Declaración de un tipo de superficie o actividad que no tenga relación con la orientación productiva de la explotación.
- 3. Reiteración en dos campañas consecutivas de una sobredeclaración significativa de superficie en el expediente.
- 4. Indicios de declaración intencionada de superficies en las que no se ejerce actividad agraria.
C) En el marco de las solicitudes del pago a jóvenes agricultores o de asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional:
- 1. En lo que se refiere a la primera instalación como responsable de explotación agraria de jóvenes agricultores, cuando se produzca el alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria que determine su incorporación, con el fin de ser admisibles para alguno de los regímenes de pago citados y, una vez estimada la solicitud y/o percibido el pago, se den de baja.
- 2. Cambio de titularidad de una explotación total o parcial a un joven agricultor o agricultores que inician la actividad agraria y una vez asignada la reserva nacional o activados los derechos de pago básico cedidos sin peaje, transfieren los derechos de pago básico y la explotación al titular inicial de la misma.
D) En el ámbito de las ayudas asociadas a la ganadería, se podrán considerar entre otras situaciones:
- 1. Intercambio de ganado entre productores con vistas a incrementar el número de animales potencialmente subvencionables para una ayuda.
- 2. Variaciones desproporcionadas del censo de reproductoras en torno a las fechas en las que se determina la elegibilidad de los animales, en relación con la actividad ganadera media de la explotación a lo largo del año de solicitud, siempre que no sea por causa de fuerza mayor o circunstancia excepcional.
Es importante recordar la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud conforme la realidad de la explotación declarada y dentro del plazo indicado en resolución para la campaña 2019.
Una correcta gestión de su Solicitud Única evitará penalizaciones y la correcta percepción de las ayudas.